
Por: Carlos Alberto Fernández Velez
Es innegable que el tráfico económico no conoce fronteras y; en el mismo sentido, tampoco debe conocerlo el ámbito jurídico. Todo gobierno debe garantizar las mayores facilidades para poder otorgar la seguridad necesaria a todo ciudadano o inversionista extranjero respecto de la validez de los actos que realice en su territorio o fuera de sus fronteras. Por ello, para propiciar la cooperación jurídica internacional, diversos países del orbe forman parte del Convenio de La Haya del 05 de octubre de 1961, el cual compromete a los países que son partes de este a certificar los documentos públicos emitidos por cualquiera de ellos ante cualquier otro Estado cosignatario. Esta certificación es conocida como la «Apostilla de La Haya«.
Por otra parte, debido a que la soberanía jurídica de un Estado tiene una extraterritorialidad remota, un documento emitido en el extranjero no puede tener eficacia por sí mismo, incluso los emitidos por un funcionario del país en el que pretende tener efectos tal documento. Por ello, como parte de la validación jurídica interna, los ministerios de Relaciones Exteriores, o las agencias con funciones similares, tienen procedimientos de reconocimiento de los documentos emitidos por los funcionarios del país destacados en el extranjero al validar su firma en la base de datos de la entidad. Este proceso es conocido como el procedimiento de «Legalización« o «Certificación» sobre la identidad de tal funcionario en el extranjero.
En estos momentos el mundo se encuentra tratando de salir de los efectos aislacionistas que trajo la pandemia por Covid-19. Del mismo modo que la distribución de vacunas a nivel mundial está iniciando en todo el globo, el intercambio jurídico busca volver a los niveles que tenía antes de 2020. Adicionalmente, considerando que aun hay que tener cautela y modernización para hacer más eficiente y segura la atención de procedimientos administrativos, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú publicó el Reglamento de los Procedimientos Administrativos de Legalización y Apostilla (Decreto Supremo No. 005-2021-RE) con la finalidad de poder adaptar los procedimientos administrativos de legalización y apostilla en el marco de un gobierno digital.
Con la nueva norma, los procedimientos de apostilla y legalización podrán ser realizados de forma presencial o virtual a raíz de que podrán reconocerse documentos con firma digital. Adicionalmente, se inscribirá en el Registro de Autoridades la información de los funcionarios públicos nacionales o extranjeros, para facilitar la eficiencia de los procedimientos.