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Aspectos prácticos para el registro de bancos de datos personales de las empresas

By 14 noviembre, 2017 Publicaciones No Comments

Por: Edgar Pereda Lozano

El Registro de los bancos de datos personales de las empresas se realiza de manera obligatoria ante la Dirección de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia.

La empresa previamente debe identificar sus bancos de datos personales. Por ejemplo: Recursos Humanos, Clientes activos e históricos, Proveedores, Reclutamiento de Personal, Videovigilancia, Directorio telefónico, Practicantes, etc. Solo se señala la lista de bancos de datos personales, por ejemplo, Clientes, más no se precisa los datos concretos de las personas que contiene.

Luego, debe detallar la finalidad del uso de los bancos de datos personales. Por ejemplo: en caso de un banco de datos de Recursos Humanos se podría señalar que su finalidad es la de Gestión de Recursos Humanos de la empresa y elaboración de documentos de índole laboral. En caso del banco de datos de Proveedores, se puede especificar que se tiene por finalidad administrar la información de proveedores para la adquisición de bienes y servicios.

Asimismo, debe indicar el uso previsto del banco de datos. Por ejemplo: para el banco de datos Clientes, los usos previstos pueden ser: gestión económica y contable de clientes; cumplimiento/incumplimiento de obligaciones dinerarias; fines estadísticos, históricos o científicos; análisis de perfiles; publicidad y prospección comercial; etc.

Además, debe precisar si va realizar la transferencia de los datos personales a nivel nacional y/o internacional y señalar si se realizará de manera onerosa o gratuita.

Recuerde que la no inscripción de sus bancos de datos personales es una infracción grave que se sanciona con una multa de más de 5 hasta 50 UIT.

* Publicado originalmente en el Suplemento de Economía y Negocios Cash del Diario La Industria de Trujillo (03.03.2017).