El día 08/07/2023 se publicó en el diario el Peruano la LEY QUE MODIFICA LA LEY 16126 y QUE DECLARA HÉROE NACIONAL AL CAPITÁN FAP JOSÉ ABELARDO QUIÑONES GONZALES, la cual declara Día de la Fuerza Aérea del Perú y feriado nacional el 23 de julio de cada año, en conmemoración al heroico sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales”. Leer más.
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN EL PROCESO PENAL
Ley No. 31740
13.05.2023
Mediante la presente ley se modifica la ley No. 30424, ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, para fortalecer la normativa anticorrupción referida a las personas jurídicas y promover el buen gobierno corporativo. Leer más.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No.000103-2023/SUNAT
12.05.2023
Mediante la presente Resolución se determina el ámbito geográfico en el cual tienen competencia la intendencia lima e intendencias de tributos internos y competencia de la intendencia de principales contribuyentes nacionales.
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El día domingo 04 de junio de 2023 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo N.° 31760, Ley que regula el certificado único laboral. El certificado único laboral es un documento electrónico que contiene información necesaria para facilitar la contratación laboral de las personas de 18 años a más. Este se solicita y obtiene de manera gratuita a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
El certificado único laboral contiene la siguiente información respecto de la persona que lo solicita:
– Fecha de emisión electrónica.
– Datos de identidad de la persona.
– Antecedentes policiales.
– Antecedentes penales.
– Antecedentes judiciales.
– Formación académica.
– Experiencia laboral.
– Otra información que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo considere relevante para la empleabilidad.
Se puede incluir la condición de persona con discapacidad a pedido de la persona que solicite el certificado único laboral.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No. 000097-2023/SUNAT
01.05.2023
Mediante la Resolución de Superintendencia No. 000097-2023/SUNAT, se establece el procedimiento de devolución del IGV a los turistas ante la entidad colaboradora, señala la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado y regula otras disposiciones. Leer más.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No. 000097-2023/SUNAT
01.05.2023
Mediante la Resolución de Superintendencia No. 000097-2023/SUNAT, se establece el procedimiento de devolución del IGV a los turistas ante la entidad colaboradora, señala la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado y regula otras disposiciones. Leer más.
Hoy 28 de abril del 2023 se conmemora el día mundial de la Seguridad y Salud del Trabajo a raíz de que en el año 2003 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) decidió promover la prevención de los accidentes laborales y enfermedades profesionales a nivel internacional. En ese sentido, mencionaremos las principales obligaciones de los empleadores en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. En el Perú, los empleadores tienen diversas obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), las cuales se encuentran reguladas por la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, entre otras normas. Las principales obligaciones de los empleadores en SST en el Perú: Read More
Presentamos las conclusiones de los últimos informes publicados por la SUNAT en el mes de marzo 2023.
Informe No. 000030-2023-SUNAT/7T0000 – Fecha de Publicación 31.03.2023
- Un consorcio con contabilidad independiente de la de sus partes contratantes que haya suscrito con un tercero, contratos sucesivos para la prestación de servicios o ejecución de proyectos, y que por la ejecución de alguno de esos contratos ya culminado generó pérdida neta total de tercera categoría de fuente peruana en un ejercicio gravable, podrá compensarla, a propósito de la ejecución de los contratos sucesivos posteriores que son objeto del propio contrato asociativo.
El Tribunal Fiscal con Resolución No. 00358-1-2023 publicada en el Peruano el 03/02/2023 ha establecido como Criterio de Observancia Obligatoria, que: la presentación de una declaración jurada rectificatoria del Impuesto a la Renta mediante la que se reconocen las observaciones efectuadas por la Administración en el marco de una fiscalización, no impide la aplicación de la Tasa Adicional del Impuesto a la Renta, debido a que tal declaración, por sí sola, no acredita el destino de los importes observados y, en consecuencia, no desvirtúa que pudieran involucrar una disposición indirecta de renta no susceptible de posterior control tributario.
https://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/jurisprude/acuer_sala/2022/resolucion/2023_1_00358.pdf
La Administración Tributaria, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos No. 000009-2023-SUNAT/700000, publicada en el Peruano el 02/04/2023, ha aprobado la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones respecto de la infracción tipificada en el Numeral 5 del Artículo 177 del Código Tributario (No proporcionar la información o documentos que sean requeridos por la Administración sobre sus actividades o las de terceros con los que guarde relación o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administración Tributaria, incluyendo el no proporcionar la información a que se refiere el segundo párrafo del artículo 62-C o proporcionarla sin cumplir con la forma y condiciones establecidas mediante resolución de superintendencia), respecto de los sujetos del NRUS.

Por: Maxwell Ventura.
Mediante Resolución de Sala Plena No. 005-2023-SUNAFIL/TFL de fecha 30 de enero del 2023 (publicada en el diario oficial El Peruano el 17 de febrero del 2023) el Tribunal de Fiscalización Laboral ha establecido, como precedentes administrativos de observancia obligatoria los siguientes criterios: Read More

Por: Edgar Pereda Lozano.
- ¿Quiénes se encuentran obligados a tener un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo
De conformidad con lo establecido por el artículo 30 de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobada por Ley No. 29783 (en adelante, “LSST”), los centros de trabajo que cuenten con menos de 20 trabajadores deben contar con un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Cabe precisar que la obligación de contar con un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo aplica a todo empleador, indistintamente de que se encuentre en el régimen laboral general o en algún régimen laboral especial, como, por ejemplo, el régimen de las microempresas y pequeñas empresas (MYPEs).
- ¿Quiénes eligen al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo?