
Por: Edgar Pereda Lozano.
Mediante el Decreto de Urgencia 038-2020, vigente desde el 15 de abril de 2020, se han establecido algunas disposiciones laborales en el ámbito de la relación laboral, la CTS, EsSalud, la AFP y la ONP. A continuación, se detallan las medidas que podrían adoptar los empleadores y los trabajadores en aplicación del Decreto de Urgencia No. 038-2020.
- Medidas necesarias para la preservación del vínculo laboral y la percepción de la remuneración.
Los empleadores que no puedan implementar el trabajo remoto o aplicar la licencia con goce de haber por la naturaleza de sus actividades o por el nivel de afectación económica que tienen al 15 de abril de 2020 deben adoptar las medidas necesarias con la finalidad de mantener vigente el vínculo laboral y la percepción de la remuneración. Se debe privilegiar el acuerdo con los trabajadores. Read More