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La Resolución Ministerial 229-2020-TR y la ampliación de la suspensión perfecta de labores

By 6 octubre, 2020 Publicaciones No Comments

Por: Edgar Pereda lozano.

Mediante la Resolución Ministerial No. 229-2020-TR publicada el 6 de octubre de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha establecido el procedimiento para que los empleadores, que así lo requieran, soliciten la ampliación de la suspensión perfecta de labores (SPL) en el marco del Decreto de Urgencia No. 038-2020 y el Decreto Supremo No. 027-2020-SA.

La decisión de ampliar la SPL debe ser comunicada de manera previa a dicha modificación a los trabajadores afectados. Esta comunicación podrá ser realizada de manera física, así como utilizando los medios informáticos correspondientes.

El plazo de vigencia de la SPL, en virtud a la solicitud ampliatoria, puede extenderse hasta el 5 de enero de 2021. El trámite debe ser realizado por el empleador mediante la plataforma virtual de SPL del MTPE desde el 7 de octubre de 2020 hasta el 11 de octubre de 2020.

La ampliación de la medida de SPL es aplicable a procedimientos en trámite, que cuenten con resolución aprobatoria, expresa o ficta, o que, contando con resolución desaprobatoria, ésta no se encuentre firme.

Por otra parte, un aspecto que debe tenerse en cuenta es que, según la Resolución Ministerial, solo podrían ampliar la medida de SPL aquellos empleadores cuya fecha de finalización de la misma coincida con el 7 de octubre de 2020. Es pertinente señalar, además, que la plataforma de SPL del MPTE recién estará operativa el día 7 de octubre de 2020 para realizar dicho trámite.

Imaginemos que un empleador se acogió a SPL hasta el 30 de setiembre del 2020. Dado que su fecha de finalización de la SPL no coincide con el 7 de octubre de 2020 no podría realizar la ampliación de la SPL. Es más, así el empleador hubiera querido solicitar la ampliación de la SPL el 30 de setiembre de 2020 no hubiera podido dado que la plataforma de SPL del MTPE recién estará habilitada el 7 de octubre de 2020 para realizar dicho trámite.

Así, vemos que en la práctica la Resolución Ministerial No. 229-2020-TR está contraviniendo el Decreto de Urgencia No. 038-2020-TR por el cual los empleadores tenían el derecho de solicitar la ampliación de la SPL desde el 29 de agosto de 2020, fecha en que entró en vigencia la prórroga de la emergencia sanitaria en el marco del Decreto Supremo No. 027-2020-SA y, sin embargo, no lo pudieron hacer por la desidia del MTPE al no adecuar esta entidad su plataforma con la debida anticipación.