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Propuestas tributarias ante el Estado de Emergencia

By 26 marzo, 2020 Publicaciones No Comments

El día de hoy, 26 de marzo de 2020, siendo el día 11 del Estado de Emergencia que inicialmente se había dispuesto con duración hasta el 31 de marzo de 2020, se ha ampliado la duración del mismo hasta el 12 de abril de 2020. Ello coincide con el periodo en el cual el gobierno  se ha propuesto realizar mayores pruebas de descarte del COVID-19.

Debido a que ello implica una agresiva paralización de la actividad económica peruana, y visto a que ya se han instalado los nuevos representantes del Congreso de la República, el Ejecutivo ha dispuesto la presentación del Proyecto de Ley Nº 4898/2020-PE. Con esta medida, se prevé promulgar rápidamente las normas que puedan servir como contención de los efectos de la presente emergencia sanitaria; así también, se prevé promulgar legislación que pueda ayudar a la activación económica una vez que se supere el presente episodio.

Lo anterior implica que no sería necesario el debate político regular en el seno del Congreso y la legislación (Decretos Legislativos) sería elaborada por un equipo técnico en cada sector del Ejecutivo y se enfatizaría el sentido de emergencia.

En lo que respecta a materia de política fiscal y tributaria se tienen las siguientes iniciativas:

  1. Suspender temporalmente las reglas fiscales vigentes y establecer medidas para la reactivación económica nacional;
  2. Establecer disposiciones que faciliten el pago de las deudas tributarias administradas por SUNAT;
  3. Modificar la legislación tributaria respecto del Impuesto a la Renta en cuanto a procedimiento de pagos a cuenta, arrastre de pérdidas, plazos de depreciación y gasto por donaciones;
  4. Rediseñar, eliminar y/o modificar regímenes tributarios simplificados para los micro y pequeños contribuyentes y otros aplicables a los micro y pequeños contribuyentes;
  5. Prorrogar y ampliar el ámbito de aplicación del régimen de devolución de la Ley N° 30296 («Ley que Promueve la Reactivación de la Economía», publicada el 31.12.2014);
  6. Prorrogar el plazo de la autorización a la SUNAT para ejercer funciones en el marco de la Ley N° 27269 («Ley de Firmas y Certificados Digitales», publicada el 28.05.2000)

De esta forma, queda a disposición del Pleno del Congreso considerar el pedido del Ejecutivo y otorgar las facultades legislativas para que se pueda plasmar la legislación necesaria a la emergencia sanitaria y la recuperación de la economía.

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