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Registro obligatorio de los contratos de Seguro de Vida

By 24 noviembre, 2022 Publicaciones No Comments

Por: Edgar Pereda Lozano.

Mediante el artículo 3 de la Ley No. 29549 se dispuso el funcionamiento del Registro obligatorio de contratos de seguro de vida ley (en adelante, el “Registro”). Este Registro se encuentra a cargo de la Dirección de Registros Nacionales de Relaciones de Trabajo de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo.

De conformidad con el artículo 4 del Decreto Supremo No. 003-2011-TR, el Registro permite:

  • Que los trabajadores puedan consultar si cuentan con un seguro de vida contratado por su empleador.
  • Que una vez fallecido el trabajador o ex trabajador, sus familiares (cónyuge o conviviente, los descendientes; o a faltan de estos, los ascendientes y hermanos menores de 18 años) puedan consultar si tienen calidad de beneficiarios.

Según el artículo 5 del Decreto Supremo No. 003-2011-TR el empleador debe consignar la siguiente información en el Registro:

  • Los datos de la póliza del seguro: compañía de seguros, número y vigencia de póliza.
  • Los datos del empleador: Registro Único de Contribuyentes (RUC), razón social y dirección domiciliaria.
  • Los datos del trabajador: nombres y apellidos, documento de identidad, fecha de nacimiento y sexo.
  • Los datos del contrato laboral: fecha de ingreso o reingreso, remuneración asegurable y tipo de moneda.
  • Datos de los beneficiarios: declaración de beneficiarios, nombres y apellidos, número de documento de identidad, grado de parentesco.

La información antes indicada debe ser registrada por el empleador dentro de los treinta días calendario de suscrito el contrato de seguro de vida, a través de la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo (en adelante, “MTPE”).

Una vez ingresado al portal web con la clave SOL la plataforma despliega tres opciones: 1) registrar póliza, 2) actualizar y renovar póliza; 3) reporte.

El enlace para acceder a la plataforma del registro del Seguro de Vida Ley del MTPE es el siguiente: https://api-seguridad.sunat.gob.pe/v1/clientessol/b3639111-1546-4d06-b74f-de2c40629748/oauth2/login?originalUrl=https://apps.trabajo.gob.pe/si.segurovida/index.jsp&state=m1ntr4

Al elegir la opción registrar póliza el sistema muestra términos y condiciones que deberán ser aceptados. Entre otros aspectos, el empleador se obliga a brindar obligación veraz y fidedigna en el procedimiento virtual de registro de póliza.

Posteriormente el empleador deberá llenar los siguientes datos:

  • Datos del empleador: RUC, razón social, dirección fiscal, actividad económica y correo electrónico.
  • Datos de la empresa aseguradora: RUC, razón social, número de póliza, fecha de inicio de póliza, fecha de fin de la póliza.
  • Datos del trabajador y datos del contrato: Tipo de documento de identidad, número de documento de identidad, fecha de nacimiento, nombres y apellidos, nacionalidad, sexo, fecha de ingreso o reingreso, si cuenta o no con seguro de vida en calidad de ex – trabajador (de corresponder), tipo de moneda, fecha de aseguramiento, monto de la remuneración asegurable.

La remuneración asegurable para el pago del capital o de la póliza están constituidas por aquellas que figuran en los libros de las planillas y boletas de pago, percibidas habitualmente por el trabajador aun cuando sus montos puedan variar en razón de incrementos u otros motivos hasta el tope de una remuneración máxima asegurable establecida para efectos del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio en el Sistema Privado de Pensiones. Están excluidas las gratificaciones, participaciones, compensación vacacional adicional y otras que por su naturaleza no se abonen mensualmente. Tratándose de trabajadores remunerados a comisión o destajo se considera el promedio de las percibidas en los últimos tres meses.

El ingreso de los datos del trabajador es uno por uno. Si no hay ningún error en el llenado el trabajador aparecerá en el «Listado de trabajadores asegurados”

En caso de que el trabajador que haya ingresado en el formulario no se encontrase en la planilla electrónica, el sistema le enviará un mensaje indicándole que no puede registrarlo en el Seguro de Vida Ley y volverá al formulario de registro.

Los datos completados tienen carácter de declaración jurada por lo que la información ingresada en el sistema virtual estará sujeta a una fiscalización posterior y a las acciones legales correspondientes.

Para finalizar el proceso de registro de póliza y enviar el documento al MTPE se debe adjuntar el archivo en formato PDF de la póliza Luego del envío el sistema desplegará una ventana con la opción para imprimir el comprobante de envío.

Por otra parte, la opción Actualizar y Renovar póliza le permite ingresar altas a nuevos trabajadores con sus respectivos beneficiarios; además, puede ingresar bajas para retirarlos del registro, por ejemplo, por renuncia. Asimismo, podrá actualizar y/o modificar los datos ingresados

Asimismo, esta opción permite renovar el contrato de póliza registrado, para lo cual, primero deberá ubicar el contrato de póliza y seleccionar el botón “renovación de contrato”.

Finalmente, la opción Reportes permite reimprimir los comprobantes de envío de póliza o contratos ya registrados en el sistema, además de listar a detalle los datos de los trabajadores ingresados en la póliza.