
Mediante Decreto Supremo el Reglamento de 237-2022-EF se reglamentó la Ley 31556, lo cual implica un gran beneficio para las mypes que sean restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos.
Recordemos que la ley mencionada propone una tasa especial y temporal del Impuesto General a las Ventas (IGV), denominado “8% del IGV para Rescatar el Empleo”, para las micro y pequeñas empresas que tengan como actividad principal la de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos.
Sobre el Reglamento
El reglamento, que entrará en vigencia mañana (14.10.2022) denomina mypes a las empresas, persona natural o jurídica, con ventas anuales de hasta 1,700 unidades impositivas tributarias (UIT), lo cual equivale a S/ 7 ‘820,000.00 en 2022.
La debida aplicación de la tasa especial del IGV, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y de lo dispuesto en este reglamento está sujeto a verificación o fiscalización posterior por parte de la Sunat, sin perjuicio de las acciones preventivas o de control concurrente que esta pueda efectuar.
Detectada la aplicación indebida de la tasa especial del IGV, la Sunat, de conformidad con lo establecido en el Código Tributario, realiza el cobro del tributo omitido y aplica las sanciones correspondientes por las infracciones originadas por la aplicación indebida de la tasa especial del IGV.