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Se materializa obligación de Reporte País por País

By 7 diciembre, 2020 Publicaciones No Comments

Mediante comunicado publicado en el portal institucional de la SUNAT, se hace de conocimiento acerca de la fecha de la declaración jurada informativa Reporte País por País correspondiente a los ejercicios 2017, 2018 y 2019, que deben presentar los contribuyentes obligados según lo previsto en los numerales 1) al 3) del inciso b) del artículo 116 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.  Esta obligación se encontraba prevista para el último día hábil del mes siguiente de aquel en el que la  SUNAT publique en su página web que el Perú ha aprobado la evaluación del estándar de confidencialidad y seguridad de la información requerido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para el intercambio automático de información.

Debido a que el Perú ha aprobado la evaluación sobre los estándares de seguridad y confidencialidad de la información a cargo del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información de la OCDE y ha sido incluido como jurisdicción recíproca para el intercambio automático de información, el plazo para la presentación de la obligación acotada vence el último día hábil del mes de enero de 2021. Salvo posterior norma en contrario, esto sería, idealmente, el viernes 29 de enero de 2021.

 

Para consultar el comunicado: AQUÍ