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Subsidio a empleadores. Comunicación CCI

By 30 marzo, 2020 Publicaciones No Comments

Por: Carlos Alberto Fernández Velez

El último 27 de marzo se publicó, en Edición Extraordinaria, el Decreto de Urgencia Nº 033-2020, mediante el cual, entre otras medidas, se dispuso que los empleadores recibirán un subsidio del 35% del valor de la remuneración de sus trabajadores que perciban ingresos brutos iguales o menores a S/1,500.00 (Mil quinientos y 00/100 Soles) hasta el 31 de diciembre de 2020, fecha en la cual caduca la vigencia del referido decreto de urgencia.

Esta mañana se publicó la Resolución de Superintendencia Nº064-2020/SUNAT, mediante la cual la SUNAT establece el procedimiento para poder acceder al beneficio mencionado.

Dicha resolución establece que el plazo que tienen los empleadores del sector privado para comunicar su Código de Cuenta Interbancario (CCI), cuenta en la cual se depositará el subsidio en base al PLAME del periodo 2020-01, es de siete (07) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia Nº033-2020. Ello significa que el cómputo de días empieza a partir del último 28 de marzo.

La resolución bajo comentario precisa que si con fecha posterior a esta se llegasen a emitir mayores decretos supremos referidos a este beneficio, el plazo se computará a partir del día hábil siguiente de la publicación de aquellas normas eventuales.

Para comunicar CCI a la SUNAT, el empleador deberá entrar a su usuario de Clave SOL, ubicando en el rubro empresas la opción: «Registro de CCI-Subsidio D.U.033-2020»

Fuente: SUNAT