Por: Carlos Alberto Fernández Velez
La COVID-19 ha forzado a que nuestra sociedad tenga que adaptarse a grandes cambios nunca antes vistos. Sin embargo, también han habido cambios positivos debido a que ha forzado a que el Estado Peruano adopte de forma más agresiva, en el menor tiempo posible, buenas prácticas de gobierno.
Por ejemplo: una política sanitaria para evitar la propagación de la enfermedad consiste en evitar aglomeraciones de público. Con miras a dar el mayor cumplimiento a una práctica así, se está apuntando a potenciar el gobierno electrónico. Con dicho propósito, la Resolución de Superintendencia No. 077-2020/SUNAT se propuso la implementación de una Mesa de Partes Virtual (MPV-SUNAT). Dicha plataforma estará ubicada en el portal institucional (www.sunat.gob.pe)
DOCUMENTOS PRESENTADOS
Se espera que con una medida de tal magnitud reemplace la presentación física de documentos en la Mesa de Partes de sus dependencias y, adicionalmente, se permitirá realizar un mejor seguimiento a los trámites ahí presentados.
No obstante, debemos señalar que la MPV-SUNAT no podrá ser usada para presentar los siguientes documentos:
- Aquellos que originen procedimientos de aprobación automática. Se exceptúa aquellos en los que se disponga de forma expresa por una norma con rango de ley (Ley o Decreto Legislativo) que tal trámite puede hacer uso de la MPV-SUNAT.
- Aquellos que puedan ser presentados mediante el sistema SUNAT Operaciones en Línea (SOL);
- Aquellos que deban presentarse de forma presencial debido a que:
- Así lo dispone una norma con rango de ley;
- Se requiere validar la información que contiene a través de otro aplicativo;
- La naturaleza y/o características del documento solamente permiten su validación o el cumplimiento de los propósitos de su presentación de forma presencial. Ej.: cartas fianzas, comprobantes impresos o cartas notariales
Si algún documento comprendido dentro de las restricciones anteriores fuera ingresado a través de MPV-SUNAT, se considerará como «No presentado»
HORARIOS DE ATENCIÓN
Ahora bien, al igual que una Mesa de Partes física, la MPV-SUNAT la presentación de documentos también estará sujeta a horarios de atención. A saber, será el siguiente:
- Desde las 00:00 horas a las 16:30 horas de un día hábil: Se considera la presentación como del mismo día.
- Pasadas las 16:30 horas a las 23:59 horas de cualquier día: Se considera la presentación como del día siguiente.
- En cualquier momento de un día inhábil: Se considera la presentación como correspondiente al primer día hábil siguiente.
EXPEDIENTE VIRTUAL
Propio de su naturaleza, el uso de la MPV-SUNAT generará un expediente virtual y el cargo de recepción será enviado al buzón electrónico del administrado tenga en el sistema SOL o; el que registre (si no tiene Clave SOL). La indicación de un correo electrónico ajeno al buzón SOL se considerará como una autorización para que las notificaciones del procedimiento iniciado lleguen a dicha dirección electrónica. En ese sentido, recomendamos que se revisen las bandejas de “spam” o “correo no deseado” si fuera el caso que el servidor de correo clasifique los correos de la SUNAT bajo dicha categoría. Adicionalmente, la SUNAT manda a que se habilite la opción de confirmación de recepción en el servidor externo de correo electrónico declarado, de forma que pueda tenerse constancia de la efectiva notificación electrónica.
TRÁNSITO DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA
Mientras esté vigente la emergencia sanitaria (D.S. 008-2020-SA o sus prórrogas) y deban realizarse trámites que requieran la presentación de documentos a través de Mesa de Partes, se tendrá en cuenta lo siguiente:
- Si la presentación puede ser realizada tanto en forma presencial como en SOL, se preferirá la presentación en SOL.
- Si la presentación debe realizarse exclusivamente de forma presencial, se utilizará la MPV-SUNAT, salvo en los casos excepcionales señalados líneas arriba.
- Si alguno de los requisitos del procedimiento hace necesaria la presentación/exhibición de un documento original, dicho documento será ingresado en MPV-SUNAT de forma escaneada, a no ser que su validación, características y/o naturaleza hagan necesaria su disposición en original.